Preguntas Frecuentes - 3
¿QUÉ ES UNA OPINIÓN TÉCNICO ACADÉMICA (OTA)?
Es el resultado de la evaluación realizada sobre un Plan y Programas de Estudio en áreas de la salud, derivado del análisis metodológico y desde el enfoque de la disciplina correspondiente, que incluye la Infraestructura y/o Instalaciones Especiales, así como el personal docente, entre otros aspectos, formulada por la ClFRHS, con base en los Criterios Esenciales para Evaluar Planes y Programas de Estudio, con el propósito de verificar la Oportunidad y Pertinencia para obtener el RVOE;
¿EN QUÉ CASOS SE SOLICITA UNA OPINIÓN TÉCNICO ACADÉMICA ANTE ESTA AUTORIDAD PARA SER ENVIADA A LA CIFRHS?
Cuando se trate de:
* Planes y Programas de Estudio, que se refieran a áreas de conocimiento de la salud señaladas en el artículo 79 de la Ley, los recomendados por la CIFRHS y los que determine la Autoridad Sanitaria Federal a consulta de la autoridad educativa por implicaciones con la salud;
* Planes y Programas de Estudio previamente evaluados, que se pretendan replicar en otro plantel educativo
* Cambio de domicilio de planteles que ya cuenten con RVOE de sus Planes y Programas de Estudio
* Cambios al Plan de Estudio que ya cuente con RVOE
¿CUÁNTO TIEMPO TARDA EN EMITIR OPINIÓN LA CIFRHS?
La CIFRHS contará con un plazo de sesenta días hábiles, a partir que dicha instancia reciba la documentación enviada por esta autoridad contados a partir del día hábil en que reciba de la Autoridad Educativa Federal la solicitud para emitir la OTA, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23, último párrafo del Acuerdo 17/11/17.
¿QUÉ TIPOS DE MODALIDADES EDUCATIVAS EXISTEN PARA EL OTORGAMIENTO DE RVOE?
Modalidad escolar: se caracteriza por desarrollar el proceso de enseñanza-aprendizaje principalmente en las Instalaciones y, en su caso Instalaciones especiales de los Particulares, con coincidencias espaciales y temporales entre alumnos y personal académico.
Modalidad no escolarizada: se caracteriza porque el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje, se lleva a cabo a través de una Plataforma tecnológica educativa, medios electrónicos o mediante procesos autónomos de aprendizaje y/o con apoyos didácticos. Modalidad mixta: se caracteriza por ser un modelo que brinda flexibilidad al combinar estrategias, métodos y recursos de las modalidades escolar y no escolarizada.
¿AÚN SE LLEVAN A CABO TRÁMITES DE ACTUALIZACIÓN Y/O MODIFICACIÓN?
Estos trámites ya no se llevan a cabo, únicamente se contemplaban bajo el amparo del Acuerdo 279, dada nuestra normatividad vigente, ahora los ajustes que se pretendan realizar aún Plan y Programa de Estudios es a través del trámite Solicitud de Nuevo Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del Tipo Superior por Cambio del Plan de Estudio y Aviso de Cambios por Denominación de Programas de Estudios y Criterios de Evaluación de Programas de Estudio.